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miércoles, 16 de mayo de 2012

Práctica 3-a


Análisis sobre la tutoría y la participación de los padres en el marco legal (LOE, Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y Ley de Educación de Castilla la Mancha). Informe con el análisis y conclusiones.
LOE (LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación).

TUTORÍA

      Los profesores tutores tienen como propósito conseguir que todos los alumnos desarrollen su máximo potencial en torno a un marco de equidad y de calidad.

La tutoría supone una de las funciones del profesorado en Educación Primaria además de la orientación y el apoyo educativo con la colaboración de las familias.

     Esta función estará reconocida con unos incentivos tanto profesionales como económicos si hablamos de Centro Públicos, para todo aquel profesor que la desempeñe

Además el Claustro de Profesores fijará, entre otras cosas, los criterios referentes a la tutoría.

Las Administraciones Educativas fomentaran unas medidas que favorecerán a tutoría personal de los alumnos y su orientación educativa, psciopedagógica y profesional.



En la LOE, actual marco ley educativa, nos debemos situar en el Título V llamado Participación, autonomía y gobierno de los centros y dentro de éste en el Capítulo I: Participación en el funcionamiento y gobierno en los centros. Ahí se recogen aspectos fundamentales de la participación como el fomento por parte de las Administraciones de la participación de todos los integrantes, es decir, del alumnado, del profesorado, del personal de administración y servicios del centro educativo y de las familias. Así también se fomentará la participación activa de las familias y la escuela.



La forma de participación en los centros educativos es muy amplia y en ella podría participar tanto alumnos como sus familias. Existen instituciones recogidas como el Consejo Escolar donde un porcentaje sería representado por los alumnos y otro porcentaje por las familias, allí serían encargados de participar en múltiples decisiones como la aprobación del proyecto educativo del centro escolar.


TUTORÍA

-La Consejería de Educación lanzará una serie de programas de formación de los tutores legales para que se formen y mejoren aspectos en su papel de educadores, contribuyendo así de una forma efectiva en la educación de los niños.

-La figura del tutor deberá conocer y respetar el Proyecto Educativo vigente y sus normas, colaborando para un buen desarrollo educativo

En la Ley de Educación de Castilla La-Mancha nos situaríamos en el Título I, Comunidad Educativa, y dentro de él en el capítulo III referente a las familias.

Sus principales premisas son que la familia y el profesorado son esenciales para la educación de los niños. Se recogen una serie de derechos que tiene las familias como la libre elección de centro escolar, el modelo educativo adecuado para sus hijos (colaborando así con la mejora de la escuela), la formación religiosa o no religiosa de los niños, y la participación en las normas y regulaciones que el proyecto educativo dicta.

Un aspecto importante es el derecho de inscribirse en la asociación de madres y padres del colegio


         Decreto de Currículo en Castilla-La Mancha 68/2007

TUTORÍA

-          El tutor y la persona responsable de la orientación, integrarán en el plan de trabajo individualizado, las medidas simultáneas a la escolarización tendentes a la consecución de los objetivos establecidos.



-          Se incluirán en el horario semanal actividades de orientación y seguimiento del proceso de enseñanza aprendizaje y actividades contributivas al desarrollo de la competencia social y ciudadana, competencia de aprender a aprender, competencia de autonomía e iniciativa personal y competencia emocional. Esta tarea la realizará el tutor junto con el orientador.



-          La función de los tutores es orientar el proceso educativo de los alumnos tanto individualmente como grupalmente, y tendrá la obligación de mantener una continua comunicación con las familias y el resto del profesorado.



-          Para que un docente sea tutor deberá impartir al menos tres áreas en su grupo. Y podrá programar modelos alternativos de tutoría individualizada con la familia y el alumno



-          Las tutorías individualizadas servirán para informar a las familias de la situación educativa del niño y adoptar medidas si se requiriesen. Los responsables de estas tutorías son los centros educativos y el profesorado.



En este Decreto de Castilla La-Mancha podemos observar cómo en el primer capítulo llamado Disposiciones Generales cita que todas las etapas del Sistema educativo tendrán incluidas en sus programaciones didácticas una coordinación entre entapas y así garantizar la continuidad del proceso educativo facilitando la implicación de las familias en dicho proceso.  También define esta participación como la manera más eficaz de un buen desarrollo educativo.

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