Análisis sobre la tutoría y la participación de los
padres en el marco legal (LOE, Decretos de Currículo (Infantil y Primaria) y
Ley de Educación de Castilla la Mancha). Informe con el
análisis y conclusiones.
TUTORÍA
Los
profesores tutores tienen como propósito conseguir que todos los alumnos
desarrollen su máximo potencial en torno a un marco de equidad y de calidad.
La tutoría
supone una de las funciones del profesorado en Educación Primaria además de la
orientación y el apoyo educativo con la colaboración de las familias.
Esta función
estará reconocida con unos incentivos tanto profesionales como económicos si hablamos
de Centro Públicos, para todo aquel profesor que la desempeñe
Además el
Claustro de Profesores fijará, entre otras cosas, los criterios referentes a la
tutoría.
Las
Administraciones Educativas fomentaran unas medidas que favorecerán a tutoría
personal de los alumnos y su orientación educativa, psciopedagógica y
profesional.
En la LOE, actual marco ley educativa, nos
debemos situar en el Título V llamado Participación, autonomía y gobierno de
los centros y dentro de éste en el Capítulo I: Participación en el
funcionamiento y gobierno en los centros. Ahí se recogen aspectos fundamentales
de la participación como el fomento por parte de las Administraciones de la
participación de todos los integrantes, es decir, del alumnado, del
profesorado, del personal de administración y servicios del centro educativo y
de las familias. Así también se fomentará la participación activa de las
familias y la escuela.
La forma de participación en los centros
educativos es muy amplia y en ella podría participar tanto alumnos como sus
familias. Existen instituciones recogidas como el Consejo Escolar donde un
porcentaje sería representado por los alumnos y otro porcentaje por las
familias, allí serían encargados de participar en múltiples decisiones como la aprobación
del proyecto educativo del centro escolar.
- Ley de Educación de Castilla-La Mancha 7/2010 de 20 de
julio. (Título I Comunidad Educativa. Capítulo III).
TUTORÍA
-La Consejería de Educación lanzará una serie de
programas de formación de los tutores legales para que se formen y mejoren
aspectos en su papel de educadores, contribuyendo así de una forma efectiva en
la educación de los niños.
-La figura del tutor deberá conocer y respetar el
Proyecto Educativo vigente y sus normas, colaborando para un buen desarrollo
educativo
En la Ley de Educación de Castilla La-Mancha nos situaríamos
en el Título I, Comunidad Educativa, y dentro de él en el capítulo III
referente a las familias.
Sus principales premisas son que la familia y el
profesorado son esenciales para la educación de los niños. Se recogen una serie
de derechos que tiene las familias como la libre elección de centro escolar, el
modelo educativo adecuado para sus hijos (colaborando así con la mejora de la
escuela), la formación religiosa o no religiosa de los niños, y la participación
en las normas y regulaciones que el proyecto educativo dicta.
Un aspecto importante es el derecho de inscribirse en la
asociación de madres y padres del colegio
TUTORÍA
-
El tutor y la
persona responsable de la orientación, integrarán en el plan de trabajo
individualizado, las medidas simultáneas a la escolarización tendentes a la
consecución de los objetivos establecidos.
-
Se incluirán
en el horario semanal actividades de orientación y seguimiento del proceso de
enseñanza aprendizaje y actividades contributivas al desarrollo de la
competencia social y ciudadana, competencia de aprender a aprender, competencia
de autonomía e iniciativa personal y competencia emocional. Esta tarea la
realizará el tutor junto con el orientador.
-
La función de
los tutores es orientar el proceso educativo de los alumnos tanto
individualmente como grupalmente, y tendrá la obligación de mantener una
continua comunicación con las familias y el resto del profesorado.
-
Para que un
docente sea tutor deberá impartir al menos tres áreas en su grupo. Y podrá
programar modelos alternativos de tutoría individualizada con la familia y el
alumno
-
Las tutorías
individualizadas servirán para informar a las familias de la situación
educativa del niño y adoptar medidas si se requiriesen. Los responsables de
estas tutorías son los centros educativos y el profesorado.
En este Decreto de Castilla La-Mancha podemos
observar cómo en el primer capítulo llamado Disposiciones Generales cita que
todas las etapas del Sistema educativo tendrán incluidas en sus programaciones
didácticas una coordinación entre entapas y así garantizar la continuidad del
proceso educativo facilitando la implicación de las familias en dicho proceso. También define esta participación como la
manera más eficaz de un buen desarrollo educativo.
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